En una lucha contra la evasión fiscal, el Gobierno Central de la República inicia una lucha de digitalización de los tributos que permitiera al profesional una facilidad para acercarse a tributar y una motivación para realizar dicho trámite. A inicios de este 2018 entra a regir la ley que obliga a los profesionales a utilizar facturación digital, la transición digital del estado y lo innovador del sistema impide su fácil uso, hasta que existe una familiaridad con los sistemas, existen más de 10 compañías en el mercado actual que ofrecen la facilidad de sistemas de facturación interconectados con el sistema de tributación directa, que cabe rescatar, cuenta con un sistema de facturación gratuito dócil y es el sistema legal. A continuación aclaramos los puntos sobre lo que se debe realizar para poder factura electrónicamente:
1. Ingrese a www.hacienda.go.cr/ATV/login.aspx
2. Cree su usuario o ingrese en caso de ya estar ingresado en el sistema ATV
3. Luego de crear la cuenta, asegúrese de descargar la Tarjeta Inteligente Virtual.
4. Una vez ingresado, busque en las pantallas internas "REGISTRO ÚNICO TRIBUTARIO" de clic en "DECLARACIONES DEL REGISTRO ÚNICO TRIBUTARIO"
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7. Se debe dar clic en la lupa y escribir la actividad a la que el profesional se dedica
6. Posteriormente en la parte superior en las pestañas eliga "COMPROBANTES ELECTRÓNICOS" cree paso a paso la "LLAVE CRIPTOGRÁFICA" y luego "HERRAMIENTA GRATUITA","FACTURAR"
Al hablar de la facturación electrónica del Ministerio de Hacienda de Costa Rica, haremos un repaso de los pasos a realizar durante el llenado, existen dos campos principales, datos del "emisor" y datos del "receptor" o comprador y datos de "encabezado".
1. En cuanto al número de sucursal y numero de caja, si el contribuyente es propio, no posee más de un lugar de reporte, se pondrá 1, en ambas casilla
2. En tipo de documento se debe seleccionar uno de los tres:
2.a Factura electrónica: es un documento donde se detalla la mercancía o servicio comprado, y el monto a pagar por estos.
2.b Nota de débito: Es un comprobante que una empresa envía a su cliente, en el que se le notifica haber cargado o debitado en su cuenta una determinada suma o valor, por el concepto que se indica en la misma nota.
2.c Nota de crédito: Es un comprobante que una empresa envía a su cliente, con el objeto de informar la acreditación en su cuenta de un valor determinado,
Cualquier otra duda o consulta puedes ponerte en contacto con nosotros a través del correo: INFO@MEDICOSCERCA.COM
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